El Estado como contratante: licitación y contrato administrativo
El municipio de tu ciudad necesita construir un puente sobre un arroyo, y la obra cuesta cientos de millones de pesos. ¿Puede el intendente llamar a su cuñado, que tiene una constructora, y encargarle la obra? ¿O tiene que seguir un procedimiento abierto y público? ¿Y si durante la obra cambia lo que necesita la población? En esta página vas a ver cómo contrata el Estado y por qué lo hace con reglas distintas a las de un particular.
El Estado con imperio y el Estado como actor
El Estado cumple dos papeles distintos:
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Con imperio (o como autoridad): dicta normas, cobra impuestos, sanciona, expropia. Impone su voluntad porque representa el interés de todos.
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Como actor del mercado: compra, alquila, contrata obras y servicios, como lo hace cualquier persona jurídica. Necesita insumos para funcionar: computadoras para las escuelas, medicamentos para los hospitales, asfalto para las calles.
Cuando actúa como actor, el Estado tiene un rasgo propio del sistema republicano: publicidad y control de sus actos. Maneja dinero de todos, así que tiene que poder explicar a quién le compra, cuánto paga y por qué.
Personas jurídicas públicas
No todo lo estatal es «el Estado» en sentido estricto. Son personas jurídicas públicas el Estado nacional, las provincias, los municipios y los entes autárquicos (organismos con patrimonio y gestión propios dentro del Estado, como una universidad nacional o el INAES). Se distinguen de las privadas por su origen (las crea una ley u otra norma estatal), por su fin (el interés público) y por las prerrogativas que tienen.
También existen las empresas estatales (el capital es del Estado, pero actúan en el mercado) y las empresas privatizadas (antes eran estatales y hoy son privadas, aunque muchas siguen prestando servicios públicos bajo concesión y control del Estado).
Un municipio contrata a una empresa para construir un puente. Indicá si se trata de un contrato administrativo o de un contrato entre particulares, y justificá tu…
Un municipio contrata a una empresa para construir un puente. Indicá si se trata de un contrato administrativo o de un contrato entre particulares, y justificá tu respuesta en una o dos líneas.
La licitación pública
La licitación pública es el procedimiento por el cual el Estado convoca a todos los interesados a presentar ofertas, y elige la más conveniente. La convoca el Estado y puede presentarse cualquier oferente que reúna los requisitos del pliego.
La idea es simple: si hay muchos oferentes compitiendo, el Estado consigue mejor precio y calidad, y se reduce el riesgo de favoritismos.
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Pliego: documento que fija las condiciones de la obra o compra y las reglas del procedimiento.
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Convocatoria: se publica para que todos se enteren.
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Ofertas: los interesados presentan sus propuestas en sobre cerrado.
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Apertura: se abren los sobres en acto público.
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Adjudicación: se elige la oferta más conveniente (no siempre la más barata: cuenta la calidad y la capacidad del oferente).
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Contrato: se firma con quien ganó.
Se apoya en cuatro principios:
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Publicidad: todos pueden enterarse.
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Igualdad: las mismas reglas para todos los oferentes.
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Concurrencia: cuantos más oferentes, mejor.
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Transparencia: el procedimiento puede ser controlado.
Definí con tus palabras qué es una licitación pública y mencioná quién la convoca y quiénes pueden participar en ella.
Definí con tus palabras qué es una licitación pública y mencioná quién la convoca y quiénes pueden participar en ella.
Un municipio necesita comprar equipamiento informático para sus escuelas por un monto muy elevado. Explicá por qué lo más adecuado sería hacer una licitación pública y…
Un municipio necesita comprar equipamiento informático para sus escuelas por un monto muy elevado. Explicá por qué lo más adecuado sería hacer una licitación pública y qué principios, como la transparencia y la igualdad entre oferentes, se protegen con ese procedimiento.
La contratación directa
En la contratación directa el Estado elige al contratista sin convocar a una competencia abierta. Es una excepción: solo se admite en los casos que la norma prevé. Los más comunes:
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Urgencia o emergencia: no hay tiempo para licitar (por ejemplo, un temporal destruyó un puente y hay que restablecer el paso de inmediato).
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Monto bajo: la compra es tan pequeña que el costo de licitar sería mayor que el beneficio (por ejemplo, útiles de oficina).
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Exclusividad: solo una persona o empresa puede proveer el bien o servicio (por ejemplo, un repuesto fabricado por un único proveedor).
| Licitación pública | Contratación directa | |
|---|---|---|
| Regla o excepción | Regla general | Excepción |
| Competencia | Abierta a todos los oferentes | Se elige a un contratista |
| Cuándo | Montos altos, sin urgencia | Urgencia, monto bajo, exclusividad |
| Riesgo | Demora | Favoritismo si se usa mal |
Explicá en qué consiste la contratación directa y mencioná una situación, por ejemplo una emergencia, en la que el Estado podría recurrir a ella en lugar de a una…
Explicá en qué consiste la contratación directa y mencioná una situación, por ejemplo una emergencia, en la que el Estado podría recurrir a ella en lugar de a una licitación.
Contrato administrativo y contrato entre particulares
Cuando el Estado contrata, el contrato puede ser administrativo o de derecho privado. Valentina alquila un departamento a un propietario particular: es un contrato entre particulares. En cambio, una provincia contrata a una empresa para recolectar residuos en toda una ciudad: es un contrato administrativo.
| Contrato entre particulares | Contrato administrativo | |
|---|---|---|
| Partes | Dos particulares, en igualdad | El Estado y un contratista |
| Interés | Interés privado de cada parte | Interés público |
| Posición | Igualdad jurídica | El Estado tiene facultades especiales |
| Ejemplos | Alquiler, compraventa entre vecinos | Obra pública, concesión de un servicio público |
El contrato administrativo se reconoce por un fin público y por las cláusulas exorbitantes: facultades que el Estado tiene y que un particular no podría exigir en un contrato común. Las principales:
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Modificar unilateralmente el contrato (dentro de límites).
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Controlar y dirigir la ejecución.
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Sancionar incumplimientos del contratista.
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Rescindir por razones de interés público.
¿Por qué existen? Porque el Estado representa el interés de todos. Si cambia lo que necesita la población, el contrato no puede quedar congelado.
Pero hay contrapesos que protegen al contratista:
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Las modificaciones tienen límites: tienen que ser razonables y no desnaturalizar el objeto del contrato.
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El contratista conserva el derecho al equilibrio económico-financiero: si el Estado le impone más costos, debe compensarlo.
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Tiene derecho a cobrar lo pactado y a reclamar por la vía administrativa o la judicial.
Valentina alquila un departamento a un propietario particular. Por otro lado, una provincia contrata a una empresa para recolectar residuos en toda una ciudad. Compará…
Valentina alquila un departamento a un propietario particular. Por otro lado, una provincia contrata a una empresa para recolectar residuos en toda una ciudad. Compará ambos contratos: explicá quiénes son las partes, qué interés se persigue y por qué en uno de ellos el Estado tiene facultades especiales.
En un contrato de obra pública, el Estado necesita modificar parte del proyecto porque cambió una necesidad de la población. Explicá si el Estado puede hacerlo…
En un contrato de obra pública, el Estado necesita modificar parte del proyecto porque cambió una necesidad de la población. Explicá si el Estado puede hacerlo unilateralmente, dentro de qué límites, y qué derecho conserva el contratista.
Casos y argumentación: intereses en juego
En toda contratación pública hay intereses distintos:
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La comunidad quiere buenas obras, a buen precio y sin favoritismos.
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El Estado quiere cumplir sus funciones con eficiencia.
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Las empresas quieren ganar el contrato y obtener una ganancia razonable.
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Los funcionarios pueden tener un interés personal que choque con el público: de ahí los controles.
Para argumentar sobre la afirmación «el contratista queda siempre en desventaja», conviene ordenar la respuesta así:
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Postura: «en parte es cierto, pero no siempre».
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Dos características: la facultad de modificar y la de controlar o sancionar muestran que el Estado tiene más poder.
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Contrapesos: el equilibrio económico-financiero, el derecho a cobrar y la posibilidad de reclamar judicialmente protegen al contratista.
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Conclusión: la asimetría existe por el interés público, pero está limitada por la ley.
Una provincia adjudicó sin licitación la construcción de un hospital a una empresa que pertenece a un familiar de un funcionario. Analizá el caso: señalá qué principios…
Una provincia adjudicó sin licitación la construcción de un hospital a una empresa que pertenece a un familiar de un funcionario. Analizá el caso: señalá qué principios del régimen de contrataciones públicas podrían estar vulnerados, qué consecuencias jurídicas podría tener y qué organismos o personas podrían reclamar.
Argumentá a favor o en contra de la siguiente afirmación: «Como el contrato administrativo da al Estado facultades que no tiene un particular, el contratista queda…
Argumentá a favor o en contra de la siguiente afirmación: «Como el contrato administrativo da al Estado facultades que no tiene un particular, el contratista queda siempre en desventaja». Fundamentá con al menos dos características del contrato administrativo y con los derechos que protegen al contratista.
Volvé al principio: el intendente no puede llamar a su cuñado y encargarle el puente. Debe licitar, salvo que se dé una excepción justificada, y si cambia lo que necesita la población puede modificar la obra dentro de límites, compensando al contratista.